Los Administradores de Fincas colegiados agradecen al Ministro de Sanidad, Salvador Illa, su respuesta sobre cómo ha de procederse a la apertura de las piscinas en comunidades de propietarios, y confirma en su carta remitida al CGCAFE, el criterio que han mantenido los Administradores de Fincas al informar que para la apertura de las piscinas comunitarias se tenía que proceder de acuerdo con las normas establecidas en la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo.

En su carta, el Ministro de Sanidad confirma el criterio de los Administradores de Fincas colegiados al indicar que: “La Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, regula la apertura de  las piscinas en el Capítulo X denominado ‘condiciones para la reapertura al público de las piscinas recreativas’.” La aplicación de esta norma se hace extensiva a las piscinas de las fincas”, aclaran.

En su carta, el Ministerio de Sanidad también confirma que son de aplicación a la apertura de piscinas comunitarias las recomendaciones sanitarias mínimas definidas en el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico -sanitarios de las piscinas, con el  fin de minimizar el potencial de transmisión de COVID-19.

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Salvador Díez, presidente del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas-, ha agradecido al ministro Salvador Illa “su contestación a la última de las cartas remitida por CGCAFE, en la que solicitábamos que nos indicaran si el criterio del Ministerio de Sanidad era el mismo que el del CGCAFE para la apertura de piscinas, y la respuesta ha sido que sí, que nuestro criterio es el correcto. Con esta respuesta creemos que se cierra un debate abierto sobre cómo deben de abrirse las piscinas comunitarias en Fase 2”.

Los Administradores de Fincas colegiados siguen trabajando para aportar soluciones para poder aplicar la normativa correspondiente, entre ellas la creación de una aplicación a precio muy accesible para poder garantizar las medidas de higiene y aforo en las piscinas comunitarias, y que su coste sea el mínimo posible para las comunidades de propietarios.