El Colegio de Administradores de Fincas (COAF) quiere hacer saber a los administradores de fincas colegiados y a las comunidades de propietarios de Huelva las novedades introducidas por el Gobierno de España en relación a las medidas contempladas en el Estado de Alarma con motivo de la pandemia del coronavirus (COVID-19), prorrogado hasta el 26 de abril. Se trata de las últimas disposiciones contempladas en los recientes reales decretos establecidos y que afectan de manera directa e indirecta a la vida vecinal y a los edificios, en lo referente a la circulación de las personas y obras en los edificios habitados.

Por un lado, desde el COAF queremos recordar las actuaciones operativas dispuestas en el RD 465/2020, de 18 de marzo –que modifica el RD 463/2020, de 14 de marzo–, referentes a las limitaciones de la libertad de circulación de las personas durante la vigencia del estado de alarma.

En base a estas medidas, que se complementan con las recomendaciones lanzadas desde este Colegio profesional y los ayuntamientos para todas las comunidades de propietarios, se prohíbe el uso de áreas y espacios comunes –como pueden ser piscinas, pistas deportivas, salas de reuniones o zonas exteriores de recreo– y, en todo caso, debe comunicarse al presidente de la comunidad la obligación de clausurar estas zonas.

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Por otro lado, se recuerda asimismo que, en los casos de paseos de mascotas, deben ser durante el menor tiempo posible (el suficiente para cubrir las necesidades fisiológicas del animal), sin contacto con otros animales y personas y, en la medida de lo posible, realizarlos en horarios de menor afluencia, y siempre en las inmediaciones del edificio.

 

Obras en los edificios
Del mismo modo, como se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), mediante la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, quedan suspendidas determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.

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Tal como establece la Orden, “la concentración de personas en edificios en los que se están desarrollando determinadas obras de intervención en edificios existentes, en los que los
trabajadores de la obra deben compartir determinados espacios comunes, con residentes u otros usuarios, implica un incremento del riesgo de contagio, resultando necesario, para garantizar la contención de la pandemia, proceder a suspender la ejecución de determinadas obras”.

Por lo tanto, se suspende toda obra que implique una intervención que ponga en riesgo a los residentes, y asimismo “quedan exceptuados los trabajos y obras puntuales que se realicen en los inmuebles con la finalidad de realizar reparaciones urgentes de instalaciones y averías, así como las tareas de vigilancia”.