• Se ha publicado el Acuerdo de la Delegación territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de Huelva con la publicidad de los casos a subsanar
  •  Quedan pocos días para presentar las subsanaciones pertinentes

El Colegio de Administradores de Fincas de Huelva recuerda a todos sus colegiados y colegiadas, así como a los presidentes y presidentas de comunidades de propietarios que hayan presentado solicitudes  acogidas a la Orden de 16 de octubre de 2023 para obtener subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios de tipología residencial colectiva, de que se ha publicado el acuerdo de la delegación territorial de Fomento de la Junta de Andalucía en el que se requiere a la subsanación de las solicitudes en las que haya uno o varios elementos que corregir, ya sean documentos que faltan, artículos que no se han marcado de manera correcta u otros defectos en dicho procedimiento.

Quedan ya solo una semana para proceder a dichas subsanaciones,  toda vez que el plazo para subsanar esas solicitudes es hasta 10 días hábiles posterior a la publicación de dicho acuerdo, que tuvo lugar el pasado 20 de junio, por parte de la Jefatura de Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la delegación onubense de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

En concreto, son las referidas a la Línea 2- Mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva, una vez examinadas las solictudes presentadas para la concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva, correspondientes al ejercicio 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.1 del Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

A tal fin, en el Acuerdo de la delegación territorial se ha añadido a la publicación un anexo donde se indican todas las comunidades de propietarios de la provincia que tienen que proceder a esta subsanación en los extremos que no se hubieran cumplimentado, indicando que, “si así no lo hicieran, se les tendrá por desistida de su solicitud.

Conforme a la Orden de 16 d eoctubre de 2023, las subsanaciones pertinentes habrán de presentarse en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25372.html

Contra este acuerdo que se ha mencionado, como acto de trámite, no cabe recurso alguno de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.