La sede del Colegio de Administradores de Fincas (COAF) de Huelva ha acogido esta semana un nuevo acto formativo dirigido a administradores colegiados, en el que ha participado una veintena de profesionales, y que ha tenido como protagonista al administrador de Sevilla Manuel Castro –asesor jurídico-laboral del Colegio de Administradores de Fincas (CAF) de Sevilla–, quien ha pronunciado una completa ponencia sobre elementos esenciales en la administración de fincas: las actas y las resoluciones de las comunidades de propietarios.

El presidente del COAF Huelva, David Toscano, ha valorado la importancia que tiene esta formación, y por ello lo ha calificado de “curso de iniciación”, ya que explica conceptos básicos del trabajo del administrador de fincas, pero fundamentales.

COAF (10)

Manuel Castro ha abordado diferentes aspectos importantes en el ámbito de las actas de las comunidades de propietarios, como la misma redacción de estas actas, las convocatorias de juntas de propietarios y notificaciones varias a los comuneros. También ha profundizado en la responsabilidad que tienen los administradores de fincas sobre el contenido de las actas, las decisiones tomadas o juntas impugnadas.

Los asistentes, administradores colegiados de Huelva, expusieron sus dudas a Castro durante sus explicaciones, planteando todo tipo de situaciones que se han producido en las respectivas comunidades que administran.

COAF (5)

Como ejemplo, se explicaron sencillos procedimientos comunes del administrador de fincas como la información detallada que debe tener el contenido del acta de una reunión de vecinos, a saber, fecha y lugar de celebración, autor de la convocatoria o promotores de la junta, carácter ordinario o extraordinario, orden del día, vecinos presentes, acuerdos adoptados –con votos a favor y en contra identificados–.

Todas estas estas actas y resoluciones forman obligatoriamente parte del Libro de Actas, un instrumento fundamental en las comunidades, tanto que nunca podrá constituirse una comunidad de propietarios si previamente no se ha legalizado el libro en el Registro de la Propiedad, además de ser un requisito imprescindible a la hora de solicitar en CIF la comunidad en Hacienda.