El Colegio Oficial de Administradores de Fincas (COAF), como no podía ser de otra manera, está completamente involucrado en la campaña que se ha puesto en marcha a nivel nacional desde el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) para concienciar a las comunidades de propietarios, primero, de la necesidad de contar con un administrador de fincas colegiado en aras de garantizar una óptima gestión y la tranquilidad de los comuneros, y también para comunicar la necesidad de cumplir con la Agencia Tributaria a través del modelo 347.

El colegio onubense ya ha difundido la circular para instar a los administradores colegiados de Huelva a que recopilen toda la información referida a proveedores y clientes para presentar el modelo 347 de operaciones con terceros, y es que a partir de este año la principal novedad recae en el plazo de presentación del documento en la Agencia Tributaria, que se adelanta un mes, de febrero a enero.

Así se dispuso en la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública (Orden HFP/1106/2017) que se publicó en el BOE del 18 de noviembre de 2017. En base a esta modificación, la presentación del 347 debe realizarse entre el 1 y el 31 de enero de cada año.

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El CGCAFE desarrolla una campaña en todo el territorio nacional para subrayar el valor del administrador de fincas colegiado, garantía de formación, profesionalidad y de cumplimiento estricto con impuestos y tasas de obligado cumplimiento para las comunidades de propietarios. En el modelo 347 hay que registrar las operaciones económicas con terceras personas (albañiles, fontaneros, empresas de jardinería, limpieza, ascensores, etc.) que superen los 3.005,06 €.

La referida campaña, que cuenta con el apoyo decidido del COAF Huelva al compartir los mismos objetivos, reza lemas como ‘Evite sanciones en su comunidad cumpliendo con la Agencia Tributaria’ y ‘La tranquilidad tiene marca’, para destacar la importancia de contar con administradores colegiados en la gestión de las comunidades.

La modificación comunicada por Hacienda –que busca facilitar a los contribuyentes la cumplimentación de las declaraciones tributarias y agilizar las resoluciones– establece que: “La presentación de la declaración anual de operaciones con terceras personas, modelo 347, se realizará durante el plazo comprendido ENTRE EL DÍA 1 Y EL 31 del mes de ENERO DE CADA AÑO, en relación con las operaciones realizadas durante el año anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de evolución, de naturaleza tributaria”.